RESUMEN:
De todos es bien conocido, sobre todo por parte de todas aquellas personas vinculadas a la protección animal en cualquiera de sus vertientes, el hecho de que no ocurra nada, ocurra demasiado tarde o no seamos atendidos ante una llamada en solicitud de auxilio al evidenciar un caso de maltrato animal o abandono, bien sea en la vía pública o en una vivienda, no recibir respuesta de la Administración ante la que se ha presentado una denuncia administrativa, o recibirla demasiado tarde, creando con ello una sensación de impunidad ampliamente expandida en nuestra sociedad actual.
La lentitud del engranaje administrativo/judicial, la falta de formación de los distintos interlocutores intervinientes en el proceso, el colapso por el elevado número de procedimientos a tramitar y en muchos supuestos la falta de medios, hacen que una llamada de auxilio de una persona que está siendo testigo de un caso de maltrato animal o abandono, en los citados supuestos, o una denuncia administrativa incluso con medidas provisionales, no logren impulsar el comienzo del preceptivo procedimiento, teniendo estos casos, de cara a la administración la consideración de “supuestos de tercera categoría” o de “menor importancia”, generando con ello ante la sociedad una sensación de absoluta desidia a la hora de interponer una denuncia o utilizar la vía judicial.
Enlace al artículo BIDA. AOL-22-G5: https://intercids.org/files/BIDA_AOL-22-G5_Dulce_Aguilera.pdf