21 de Octubre de 2021.

El proyecto de ley, que acaba de iniciar su tramitación en el parlamento autonómico, recoge las aportaciones realizadas en 2019 por el Grupo de Estudio de Derecho Animal del Ilustre Colegio de la Abogacía de Bizkaia, que solicitaba que la norma incluyera previsiones relativas a la protección de los animales implicados en actividades deportivas.

La protección de los animales, principio rector de la política deportiva

El proyecto de ley incluye entre sus principios rectores “la protección de la salud y bienestar animal en aquellas actividades deportivas donde intervengan animales”. Esto significa que las administraciones públicas presentes en Euskadi deberán tener en cuenta este principio a la hora de adoptar políticas relativas al derecho a la actividad física y al deporte.

Asimismo, la norma propuesta recoge el deber de las administraciones públicas de promover, precisamente, aquellas actividades y competiciones deportivas que contribuyan a concienciar y sensibilizar sobre el valor social del respeto y la protección de los animales.

“La inclusión de la protección animal entre los principios de esta norma es un ejercicio de coherencia con el propio espíritu de una ley que asume como objetivos erradicar la violencia y fomentar valores como la solidaridad, el compañerismo y el juego limpio en la práctica deportiva”, señala la abogada María González Lacabex, coordinadora del Grupo de Estudio del Colegio de la Abogacía de Bizkaia y miembro de INTERcids.

Presencia veterinaria

El texto legal incorpora un nuevo título sobre “buena gobernanza en la actividad física y en el deporte”. En él, junto con principios como la integridad en las competiciones deportivas, la transparencia, la igualdad o la inclusión social, se incluye un artículo específico para la protección de animales en el ámbito deportivo.

Como medida concreta para esta protección, el proyecto de ley prevé que “los reglamentos que regulen cualquier disciplina deportiva en la que participen activamente animales contemplarán la obligación de la presencia de una o un profesional veterinario en las competiciones con el fin de controlar el adecuado estado de salud de los animales participantes, así como para prestar asistencia a los mismos en caso necesario”.

Esta medida fue solicitada por el citado Grupo de Estudio a partir de la propuesta presentada en el mismo sentido por la asociación Club Canicross Rioja en 2019, con motivo de su iniciativa para que los animales fueran incluidos en la ley estatal sobre el Deporte (Animales y deporte: si ellos juegan, ellos cuentan. Blog del Consejo General de la Abogacía Española).

Infracción grave

Por último, el citado proyecto de ley del País Vasco contempla como infracción grave el incumplimiento de los deberes profesionales en el ámbito de la actividad física y del deporte, “cuando de ello resulte un perjuicio o riesgo grave para la salud y la seguridad de las personas y animales, además del medio ambiente”.

Atención al ámbito estatal

Este proyecto autonómico es muy positivamente valorado por INTERcids, desde donde, con motivo de la tramitación de la ley estatal sobre el deporte ya advertimos de que la legislación sobre protección animal que existe en otros ámbitos no se aplica en muchos casos a animales utilizados en actividades deportivas, que quedan directamente excluidos de estas normas. Por ello, es imprescindible que las leyes sobre el deporte configuren adecuadamente el marco jurídico que ampara el uso de animales en estas actividades, y que de lo contrario seguirán quedando en un vacío de protección.