RESUMEN:

La configuración del delito de maltrato a los animales como un delito de resultado exige la necesaria concreción de dicho resultado en términos de tipicidad, entendiendo que la redacción actual, en lo que respecta al tipo básico del delito, no cumple dicha concreción al referirse a la expresión “lesiones que menoscaben gravemente su salud” (la del animal), considerándose la misma como un concepto jurídico indeterminado. En este artículo se analizará la redacción actual del precepto del delito de maltrato a los animales en lo que respecta a su resultado y se propondrá la reforma del mismo en cuanto a su determinación.

Enlace al artículo BIDA. AOL-18-G19: https://intercids.org/files/BIDA_AOL_18-G9_Perales_Belen.pdf