Noviembre, 2018.

Se ha publicado en el BOE nº 280, de 20/11/18, el Real Decreto 1386/2018, de 19 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 53/2013, de 1 de febrero, por el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia. Dicho Real Decreto 1386/2018 modifica los arts. 2.4, 14.4.b), disposición adicional 2.1.a), anexos II y VI del Real Decreto 53/2013, de 1 de febrero. Esta modificación tiene por finalidad la aplicación de la Directiva 2010/63/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2010, relativa a la protección de los animales utilizados para fines científicos.

A pesar de los tímidos avances, hay que señalar que la normativa citada establece el principio general conforme al cual no se utilizará un procedimiento si se dispone de otro método científicamente satisfactorio y contrastado que permita obtener el resultado perseguido sin utilizar animales. Sin embargo, no existe un compromiso legal conforme al cual se pueda establecer una planificación efectiva para ir sustituyendo todos los procedimientos. En este sentido, el Real Decreto 53/2013, de 1 de febrero, siguiendo los dictados de la Directiva 2010/63/UE, establece que sólo se podrán utilizar animales cuando su uso esté justificado por la finalidad que se persigue, valorando su oportunidad siempre en términos de sus potenciales beneficios.

Igualmente, dicho Real Decreto, establece en su preámbulo, que el mismo “Se marca como objetivo último el total reemplazo de los animales en los procedimientos”, sin que en su parte dispositiva conste tampoco un plazo o estrategia eficaz que hay que seguir para garantizar dicho objetivo. Hoy en día, reconociendo la condición de los animales como seres vivos dotados de sensibilidad y existiendo ya, de facto, métodos que evitarían la misma existencia de la continuación de la experimentación animal, se hace necesario sustituir urgentemente los actuales procedimientos por métodos alternativos a la experimentación con animales vivos, sabiendo que la existencia de estos métodos alternativos depende en gran medida de los progresos realizados en la investigación dirigida a su desarrollo.

Enlace al BOE: https://www.boe.es/buscar/pdf/2013/BOE-A-2013-1337-consolidado.pdf