El encadenamiento permanente o habitual de perros, así como mantenerlos en patios, cobertizos o espacios que limitan su movilidad, constituye una realidad que, pese a los avances legislativos y sociales en materia de bienestar animal, sigue siendo frecuente en España, especialmente en determinados entornos rurales. La Ley 7/2023 de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales prohíbe expresamente estas prácticas y las configura como infracciones administrativas sancionables, pero la aplicación efectiva de esta y otras normas continúa encontrando importantes obstáculos relacionados con la obtención de pruebas, el miedo a denunciar, la falta de concienciación y formación de algunos funcionarios con competencias en la materia, y la dificultad para lograr el decomiso de los animales.
Este artículo analiza el tratamiento jurídico de estas situaciones desde la perspectiva del derecho administrativo y penal, abordando las dificultades prácticas de denuncia, la utilización de medios de prueba como la videovigilancia, el papel de las necesidades etológicas de los perros en la valoración de su bienestar y las limitaciones existentes para perseguir estos casos. Asimismo, se aborda la insuficiente respuesta institucional frente a una forma de maltrato que, pese a estar legalmente prohibida, continúa afectando a miles de animales.
Enlace al artículo: BIDA. AOL-26-G3: https://intercids.org/files/BIDA_AOL26-G3_TORRES_I.pdf