RESUMEN:

El artículo aborda la problemática de la incautación y decomiso de animales objeto de los arts. 337 y 337 bis CP. En primer lugar, se analiza brevemente el tema del sujeto pasivo del delito, para después enumerar las situaciones en las que cabe el decomiso, con carácter provisional o definitivo, en las vías sancionadora administrativa y penal. Concluye que, a pesar de la falta de mención en el art. 127 CP, que regula el decomiso de los efectos del delito, puede realizarse una interpretación lógica y sistemática que permita el decomiso definitivo del animal, en la propia sentencia condenatoria, y que ello no supone una equiparación de los animales a las cosas sino que, muy al contrario, les otorga una superior protección jurídico penal.

Enlace al artículo BIDA. AOL-18-G10: https://www.intercids.org/files/BIDA_AOL18-G10_Eduardo_Olmedo_de_la_Calle.pdf