Agosto, 2020.

Momento de la vista del caso Cooper en Valladolid

 

  • El pasado mes de julio, el equipo técnico de INTERcids presentó al Ministerio de Justicia, a la Dirección General de los Derechos de los Animales y a la APDDA, Asociación Parlamentaria en Defensa de los Derechos de los Animales, la propuesta de modificación legislativa que posibilitaría que los animales puedan ser beneficiarios de la asistencia jurídica gratuita.
  • La propuesta se presentó con el apoyo de la Comisión por los Derechos de los Animales del Ilustre Colegio de Abogados de les Illes Balears, la Sección de Derecho animal del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza y la Comisión por los Derechos de los Animales del Ilustre Colegio de Abogados de Terrassa, así como con el respaldo del conjunto de operadores jurídicos de los diferentes estamentos que conforman nuestra entidad, y asociaciones dedicadas a la protección de los animales en el ámbito jurídico como AVADA (Asociación Valenciana de Abogados para la Defensa Animal), AADA (Abogacía Andaluza por la Defensa Animal), DAP (Defensa Animal Professional) y ABADA (Asociación Balear de Abogados por los Derechos de los Animales).

Pese a la evolución en la protección de los animales que ha ido experimentando la redacción del Código Penal en pocos años, mediante el desarrollo de delitos en que se castigan acciones contra su integridad física y moral (maltrato, explotación sexual y abandono), vemos como alarmante habitualidad como esta protección no es plena, al no estar garantizado su derecho al proceso a través de un elemento tan indispensable como es la representación procesal con la intervención de abogado y procurador.

En las personas esta representación procesal está garantizada, en tanto se puede designar representación particular o, ante la carencia de medios, se activa la designación de abogado y procurador de oficio.

Pero en los animales, que por su propia naturaleza carecen de capacidad y recursos para designar representación procesal, se hace especialmente necesario que pueda preverse un mecanismo a través del cual, siendo reconocidos como beneficiarios de la justicia gratuita, se les designe abogado y procurador desde el mismo momento en que los agentes de la autoridad instruyan un atestado por cualquiera de los delitos previstos en el Código Penal contra ellos.

En la actualidad son las entidades proteccionistas quienes, dentro de sus posibilidades, vienen asumiendo el coste de procedimientos judiciales, sin duda contando con la especial sensibilidad de aquellos letrados que, a su vez, renuncian a gran parte de sus honorarios para poder cubrir esta necesidad. Pero la escasez de recursos hace que muchos casos se queden en la mera formulación de una denuncia o el aviso a las autoridades, quedando el animal-víctima sin posibilidad de tener voz en el procedimiento judicial que sea incoado, lo que comporta limitaciones importantes en trámites procesales como la práctica de prueba, o el acceso a recursos contra resoluciones que contradigan su interés o no resarzan correctamente el perjuicio ocasionado. Esta circunstancia beneficia, de manera irrefutable, a la defensa de los encausados por delitos contra los animales, que no encuentran oposición alguna más allá de la que pueda desplegar el Ministerio Fiscal, que ya por sus propias funciones y volumen de trabajo, ve un caso entre tantos, a veces sin la necesaria minuciosidad.

La intención de paliar este desequilibrio en cuanto a la necesidad de defensa real y efectiva de los intereses de los animales víctima de delitos, ha inspirado el proyecto de modificación de la Ley 1/1996, de 10 de enero, presentado por INTERcids, de manera que con la modificación mínima de alguno de sus preceptos, se trata de hacer extensivo el beneficio de la asistencia jurídica gratuita a los animales, tácitamente excluidos con la redacción actual.

De aprobarse el cambio impulsado, se podrá desarrollar la creación de un turno de oficio específico para animales, para el que se ha desarrollado un esquema de funcionamiento orientativo desde INTERcids, a efectos de que el legislador pueda constatar la viabilidad del proyecto y así considerarlo positivamente en la valoración de la previa modificación legislativa.

En el esquema de funcionamiento propuesto por INTERcids, y que debería ser estudiado para su puesta en práctica por los colegios de abogados se prevé, entre otros extremos, que sea el propio órgano policial instructor quien active el telefonema de designa de letrado desde el primer momento, o en su caso, el órgano judicial cuando una denuncia tenga entrada directa en este ámbito. Asimismo, se propone la realización de cursos de actualización de conocimientos a cargo de las diferentes comisiones y secciones de derechos de los animales, para los letrados y letradas que se adscriban a la prestación del servicio. Y en coherencia con el sistema, se plantea la creación formal del correspondiente apartado especializado en el SOJ (Servicio de Orientación Jurídica) de cada colegio de abogados.

Desde INTERcids, en nuestro ingente trabajo destinado a la configuración de un ordenamiento jurídico coherente en su conjunto con las normas de protección animal, hemos planteado no sólo la reforma de la Ley de Asistencia jurídica gratuita, sino que paralelamente, ya tramitamos la presentación de una importante reforma del Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a efectos de dotar de mayor garantía proteccionista el estatus jurídico de los animales e incrementar la penalidad de aquellas conductas que atenten contra los mismos.