RESUMEN:

El 2 de septiembre de 2024 un juzgado declaró la ilegalidad de la ordenanza municipal de Medinaceli, que regula el evento taurino denominado “toro de júbilo”, un espectáculo tradicional de inherente crueldad, en el que se somete a estos animales a un gran sufrimiento.

Aunque la sentencia atiende a otros motivos impugnatorios, el presente artículo se centra en la cuestión nuclear planteada: la vulneración del principio de jerarquía normativa, por entenderse que este evento resulta incompatible con el estatuto jurídico de los animales como seres sintientes, reconocido por el Código Civil tras la reforma operada en 2021. Un reconocimiento que, como expone el juez en su resolución, no se limita a los denominados animales de compañía, sino que es aplicable a todas las especies, también a los toros sometidos a este cruel espectáculo.

 

Enlace al artículo BIDA. AOL-24-G5: https://intercids.org/files/BIDA_AOL-24-G5_Anna_Mula.pdf

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *