RESUMEN:
Este artículo aborda un detallado análisis sobre las implicaciones jurídicas y técnicas de la necesidad de prevenir la letalidad del funcionamiento de los aerogeneradores para animales de fauna silvestre, especialmente aves y murciélagos (quirópteros).
El autor ofrece un detenido repaso a la normativa medioambiental en cuyo marco deben formularse y evaluarse los proyectos de instalación de estas infraestructuras, incluido el reciente Reglamento europeo relativo a la restauración de la naturaleza, según el cual debe ser posible combinar actividades de restauración y el despliegue de proyectos de energías renovables.
Respecto a la fase de explotación explica cómo quienes generan esas actividades de riesgo deben asumir las obligaciones de prevención y evitación de ese daño ambiental, en base a principio de la política de la Unión Europea «quien contamina paga», la Directiva de Responsabilidad Medioambiental y la Ley de Responsabilidad Medioambiental que la traspone en España.
En este sentido, se hace referencia no sólo a las medidas a adoptar durante la explotación del parque eólico, sino también a la fase previa de proyecto, evaluación ambiental e instalación, y se realizan propuestas relativas a la vigilancia y al uso de las mejores tecnologías disponibles.
Enlace al artículo BIDA. AOL-24-G2: https://intercids.org/files/BIDA_AOL-24-G2_Jorge_Moradell.pdf