INTERCIDS advierte: «El Real Decreto de núcleos zoológicos del Ministerio de Agricultura debe excluir de su aplicación a todos los perros, en su condición de animales de compañía»

60 perros rescatados en condiciones extremas en una finca de Extermadura. Foto: SEPRONA.

La entidad ha presentado aportaciones en el trámite de consulta pública previa del Proyecto de Real Decreto por el que se establecen normas básicas de sanidad animal, autorización y registro de los núcleos zoológicos tradicionales, impulsado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

INTERCIDS ha advertido de la necesidad de excluir expresamente a los animales de compañía del ámbito de aplicación de esta norma, para evitar incoherencias jurídicas y problemas en su aplicación práctica.

En este primer trámite de consulta pública previa, el texto del Ministerio planteaba que su real decreto de núcleos zoológicos se aplicaría también a aquellos animales de compañía excluidos de la Ley estatal 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales. Esto significa, por ejemplo, que los establecimientos que alberguen perros utilizados para actividades profesionales u otras como la caza, quedarían regulados por este real decreto del Ministerio de Agricultura, y no por el que paralelamente está elaborando el Ministerio de Derechos Sociales, dirigido a animales de compañía.

Ante ello, INTERCIDS ha trasladado la necesidad de excluir de forma clara a todos los animales de compañía del ámbito de aplicación de este futuro Real Decreto: “Existe una única definición de animales de compañía, independiente del alcance de la Ley 7/2023, que incluye a todos los perros cualquiera que sea el fin al que se destinan, por lo que todos ellos, sin excepción, deben ser incluidos en el real decreto de núcleos zoológicos de animales de compañía, y no en esta norma promovida por el Ministerio de Agricultura”.

Distorsión del ordenamiento y problemas de interpretación y aplicación práctica

Esta precisión no es meramente técnica. Según advierte INTERCIDS, que la regulación de núcleos zoológicos de animales de compañía de la misma especie quede fraccionada entre dos reales decretos es jurídicamente incorrecto, distorsionaría el ordenamiento y generaría importantes problemas de interpretación y aplicación práctica para administraciones y autoridades encargadas de su control.

Los riesgos de un tratamiento jurídico diferenciado ya fueron advertidos por la entidad a la Dirección General de Derechos de los Animales en noviembre de 2025: la inseguridad jurídica en la determinación de los núcleos zoológicos, la posible disparidad de exigencias legales para animales de la misma especie, la creación de vacíos en materia de sanidad y bienestar animal, así como duplicidades administrativas y conflictos competenciales que dificultarían la eficacia de la normativa.

Por ello, la organización defiende –y así lo seguirá haciendo en trámites posteriores– que la solución jurídicamente correcta y coherente es mantener un único marco regulatorio para todos los animales legalmente considerados de compañía, evitando la coexistencia de diferentes reales decretos aplicables a animales de la misma especie.

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